Noticias

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, a cargo del juez Raúl Ojeda, aceptó la medida cautelar presentada por la CGT y ordenó la suspensión provisoria de 82 artículos de la Ley de Reforma Laboral N° 27.802.

  Esta decisión, dictada el 30 de marzo de 2026, se fundamenta en indicios de inconstitucionalidad y el riesgo de perjuicio inminente para los trabajadores mientras se resuelve el fondo del caso. 

La suspensión afecta puntos clave de la normativa impulsada por el gobierno de Javier Milei, incluyendo:

  • La reducción del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo y la eliminación del principio "in dubio pro operario".

  • Las nuevas regulaciones para trabajadores de plataformas tecnológicas y la limitación de la responsabilidad solidaria de los empleadores.

  • Cambios en los estatutos sindicales, el derecho de huelga, la derogación de la Ley de Teletrabajo y la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

     

La resolución reconoce la legitimación activa de la CGT para promover la acción colectiva, dado que las normas impugnadas afectan derechos de incidencia colectiva vinculados a la sindicalización y la negociación colectiva. 

 El Gobierno Nacional ha manifestado su intención de apelar la decisión, pero la medida cautelar tiene carácter inmediato y regirá hasta que se dicte una sentencia